La medida se dispuso mediante la Resolución General 5266/2022 publicada en el Boletín Oficial, que reglamenta la implementación de la "validación de la identidad mediante factores de autenticación de biometría de reconocimiento facial".
En otro orden, la entidad dirigida por Carlos Castagneto prorrogó hasta el 31 de octubre la vigencia de los beneficios correspondientes a los regímenes de planes de facilidades de pago.
En abril de 2010, la RG 2811 creó el registro tributario, captación de datos biométricos, escaneo de firma, huella dactilar y DNI para los contribuyentes, estableciéndose que el trámite debía realizarse en dependencias de la AFIP.
Posteriormente, "el desarrollo de la aplicación móvil 'Mi AFIP' dio lugar a la instrumentación de determinadas funcionalidades, a fin de acceder a diversas gestiones de manera más ágil y sencilla", indicó el organismo recaudador en los considerandos de la norma.
"Es objetivo permanente de este Organismo, simplificar y facilitar la realización de los trámites y procedimientos mediante la optimización de recursos tecnológicos que garanticen la integridad, transparencia y seguridad de la información", agregó la AFIP.
Asimismo, destacó "la constante cooperación entre esta Administración Federal y el Registro Nacional de las Personas (Renaper)" que permite "adoptar acciones tendientes a promover la mejora de sus respectivas bases de datos y así alcanzar un marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de los servicios que se brindan a los ciudadanos".
"En concordancia con ello, se estima oportuno habilitar en la aplicación móvil 'Mi AFIP' la opción 'Datos Biométricos' para que los contribuyentes y/o responsables validen su identidad mediante factores de autenticación de biometría de reconocimiento facial a través de dispositivos electrónicos con conectividad móvil, sin la necesidad de concurrir a las dependencias de este Organismo", precisó.
Para ello, añadió, "corresponde adecuar determinadas normas a los fines de compatibilizar las distintas disposiciones aplicables a la materia".
La utilización de la aplicación coexistirá con el Registro de los Datos Biométricos habitual, que pasará a revestir "el carácter de método alternativo de excepción ante situaciones en las que no resulte factible validar la identidad a través del uso de la mencionada aplicación", como puede ser "no poseer documento nacional de identidad (DNI) tarjeta, no contar con conectividad a Internet, entre otros", aclaró.
Tu opinión enriquece este artículo: