En 1999, a través de la Resolución 678 se dispuso que los establecimientos educativos privados incorporados a la enseñanza oficial que brinden servicios educativos a la comunidad deberán informar previo al inicio del ciclo lectivo el valor total de la cuota mensual o arancel que perciben por la prestación del servicio educativo para cada nivel de enseñanza y toda otra erogación asociada a la prestación de dicho servicio.
La normativa estableció hasta el 31 de octubre de cada año, el plazo para la presentación de la información solicitada.
Comercio señaló que, en esta oportunidad, “la Asociación de Institutos de Enseñanza Privada (Adidep) y el Consejo Superior de Educación Católica (Consudec) han solicitado la prórroga del plazo otorgado”.
En consecuencia, indicó que, “por razones operativas, resulta necesario adecuar el plazo otorgado para la presentación de la información correspondiente al ciclo lectivo 2023, resultando pertinente prorrogar el mismo hasta el 30 de noviembre”.
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