La medida se dispuso a través de la resolución 237/2022 publicada en el Boletín Oficial, en la que se especifica la distribución de 28.174,061 toneladas, se establece la integración al Fondo de Libre Disponibilidad de las 1.214,939 toneladas y se asignan las 111 toneladas restantes al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
En la resolución se desestimaron las solicitudes realizadas por los postulantes Matadero y Frigorífico Federal S.A., Abuelo Julio S.A., Higla S.R.L. y Tigonbu S.A., para las categorías Industria y Proyectos Conjuntos, por haber efectuado la presentación con posterioridad al vencimiento del plazo de inscripción, y por el Consorcio de Cooperación para la Comercialización y Exportación de Carnes, debido a que "no cuenta con matrícula habilitante para ninguna de las actividades de exportación y comercialización de ganados y carnes", según se indicó en los considerandos.
Asimismo, se dio a las adjudicatarias Quickfood S.A. y Marfrig Argentina S.A., por un lado, y Frigorífico Alberdi S.A y S.A. Carnes Pampeanas, por el otro, el tratamiento de Grupo Económico a los fines de la determinación del tonelaje.
También se aprobó el registro de firmas habilitadas para exportar dentro del contingente arancelario de 111 toneladas abierto por Gran Bretaña.
La asignación de ese tonelaje se regirá por el criterio internacional "primero llegado, primero servido", de acuerdo con la fecha de registro de las solicitudes para acceder al certificado de autenticidad en el Sistema de Administración de Cuotas de Exportación.
La Cuota Hilton es un contingente arancelario de exportación de carne vacuna sin hueso de alta calidad y valor, que la Unión Europea otorga a países productores y exportadores de carnes.
Como la cuota es un contingente de importación desde el punto de vista de quién otorga la preferencia comercial, es la Unión Europea quien establece las condiciones de ingreso a su mercado.
La Argentina posee actualmente una cuota con 29.500 toneladas anuales y un cupo de 200 toneladas para carnes de búfalo, cuyo ciclo comercial rige desde el 1º de julio de cada año hasta el 30 de junio del año posterior.
Los cortes que integran la cuota son: bife sin lomo, cuadril, lomo, bife ancho sin tapa, nalga de adentro, nalga de afuera (o sus cortes individuales: peceto y carnaza de cola o cuadrada) y bola de lomo y entraña fina, con las variantes que cada mercado individual prefiera.
Los interesados en acceder a dicho cupo tarifario deberán ser adjudicatarios conforme establece el régimen normativo de distribución reglado por la resolución 130/2020 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.